Categoría:Sistemas fiscales

De ingenio2010

El cobro de impuestos, la gestión de pagos digitales y la llamada "oficina electrónica" es un área de constante automatización con el fin de reducir el fraude y la ineficiencia. La agencia tributaria (AEAT) es uno de los principales organismos relacionados con estos sistemas.

Siendo sistemas que están relacionados con el pago de impuestos es habitual que tengan un grado de calidad ligeramente superior a la media del sector público español.

Historia

2000-2010

A medida que Internet se va expandiendo por cada rincón del país se estandariza el uso de Internet para gestionar trámites fiscales. Uno de los más conocidos el pago trimestral de impuestos que estuvo durante casi una década funcionando con un formulario programado directamente sobre unos servlets (sin JSPs).

Febrero 2012

Un fallo informático impide el cobro de ayudas en A Coruña [1]

Abril 2012

El uso de cajeros para pago de impuestos y el fallo de uno de ellos provoca que no se puedan pagar recibos en Motril [2]

Abril 2013: Retraso en el pago del salario social

El pago del salario social se retrasó en marzo por problemas informáticos:

El cobro del salario social se retrasó casi una semana en el pasado mes de marzo por problemas informáticos. La Consejería de Bienestar Social explicó la demora por el inicio del pago prorrateado de los atrasos y por la falta de un programa informático específico [3]

Junio 2013

El siguiente comentario refleja el desconocimiento general sobre el funcionamiento de los sistemas de la Agencia Tributaria:

"Imagino que los sistemas de la agencia tributaria son fiables al 100% o al 99% ¿Cómo ha podido pasar lo de la infanta?" (tertuliano del programa de Ana Rosa Quintana el 27/06/2013 a las 9:40)

9 Mayo 2020

Un titular de DiarioDeNavarra.es tiene una redacción bastante beneficiosa para el organismo que gestiona una aplicación con problemas, el subtitulo incluso dice "Hacienda explica que fue por los miles de accesos y que es habitual al inicio", como el periodista pudo considerar aceptable ese titular es un misterio.

Desde Hacienda destacaron que no fue un día muy diferente al primer día de campaña de años anteriores, en los que “es normal un pico elevado de llamadas y accesos a la web” que ocasionan problemas. Por la mañana hubo una caída del sistema. A lo largo de la jornada se produjeron “algunos desajustes en aplicaciones informáticas” por su puesta en funcionamiento y el elevado número de accesos, reiteraron. [4]

Se trata de un caso claro de Es normal solamente explicable por una connivencia del medio de prensa con el gobierno en el poder o por la falta de conocimientos del reportero.

15 Septiembre 2020

El fallo en el programa informático no ha permitido la convalidación y, en consecuencia, dar luz verde a estos dos planes para municipios de la provincia de Zaragoza, que suman un monto económico de 2.352.832 euros. [5]

22/03/2024. No pagar impuestos en plazo por problemas informáticos no debería generar recargo

Una sentencia del TSJ considera que no pagar en plazo por problemas informáticos no debería tener recargo por parte de la administración.

El TSJ de Madrid analiza si es correcta la aplicación del recargo por declaración extemporánea liquidado por parte de la Administración. Pone de manifiesto la Sala que, en el presente caso, la recurrente pagó la deuda tributaria derivada de su autoliquidación del Impuesto sobre Sociedades de 2016 en el último día del plazo voluntario de presentación de esta última, pero esta no la presentó hasta el día siguiente, cuando en efecto había vencido el referido plazo (alegando problemas informáticos). En primer lugar, señala la sala que resultan de aplicación los recargos previstos por el artículo 27 de la Ley 58/2003, en su redacción por el artículo 13.3 de la Ley 11/2021, por ser más favorables. Sentado lo anterior, pese a que las obligaciones tributarias de presentar la autoliquidación del Impuesto sobre Sociedades en plazo y el pago de la deuda resultante, son obligaciones independientes y la declaración se presentó vencido el plazo voluntario al día siguiente, en el supuesto de autos la conexión legalmente establecida entre ambas debe impedir aplicar el recargo por presentación extemporánea de la declaración del Impuesto sobre Sociedades de 2016, en consideración a que la cuantía del recargo se determina en función de un porcentaje de la cantidad resultante a ingresar de la declaración y en este caso esta cantidad había sido ingresada dentro del plazo voluntario de declaración. Por todo ello, se estima el presente recurso. [6]

Sistemas españoles sin pagina propia

  • Ayto. de Madrid: El sistema de información de gestión tributaria se compone de seis subsistemas: sistema de Recaudación en Vía Ejecutiva REAM, Multas de Tráfico y Venta Ambulante no Autorizada (MUGI y VAM), sistema de Inspección de Tributos (DHIT), Sistema Integral de Gestión y Seguimiento Administrativo de Expedientes (SIGSA) y la aplicación de resolución de recursos de multas en vía ejecutiva.
  • Ayto de Barcelona: SAP TRM (Tax Revenue Management)

Referencias

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